Por: Gonzalo Duque-Escobar*
RESUMEN: La Progresividad del daño, cuando otros urbanizadores invocando el Principio de Igualdad repitan sobre La ZFA, obliga invocar el Principio de Precaución para proteger de un ecocidio la Reserva Protectora de Río Blanco, como hábitat de especies Endémicas y en Peligro de Extinción, hoy amenazada por una decisión sobre el uso del suelo que se promueve para proyectar una ciudadela que tendría un impacto urbano creciente y grave a costa del desarrollo, y que al desnaturalizar la función ecológica de la propiedad viola la Ley 675 del 2001.
Para lo de la Reserva Protectora de Río Blanco, creo la clave será apelar al principio de prevalencia, soportados en un daño no mitigable, además de nivel significativo, y que se ocasiona sobre un bien fundamental, como lo es la Reserva Protectora de Río Blanco, que hace parte del ecosistema boscoso altoandino, el que se ocasiona al desvirtuar la función amortiguadora de La Aurora, amparados en una decisión que genera derechos para que terceros repitan en predios similares.
Al respecto, estos puntos:
1- La del Chinchiná es una de las cuencas más estudiadas de la Región Andina, a tal punto que además de conocerse las variables climáticas y geológicas, en la Reserva de Protección de Río Blanco se tiene no sólo el inventario de especies silvestres y endémicas, sino también el de otras en vía de extinción.
2- Los impactos no mitigables sobre la Reserva de Río Blanco, al cambiar en La Aurora el medio natural por uno transformado, se causan por desmantelar las funciones de amortiguamiento. Así dicho impacto sea local, el estudio de las variables fisiográficas y bióticas afectadas (microclima y biota), permite inferir la alteración irreversible sobre el ecosistema.
3- Al progresar el cambio en el uso del suelo sobre dicha Zona con Función Amortiguadora ZFA, cuando alegando el Derecho a la Igualdad otros propietarios lo propongan, por un efecto de dominó crecerá el impacto de forma definitiva.
Finalmente, dos notas para dimensionar el impacto ecológico de la ciudadela Tierraviva:
a- Dado que la huella ecológica de Colombia supera las 2 hectáreas per cápita, y que el Área de la Reserva Protectora de Río Blanco es 4930 hectáreas, entonces la huella ecológica de los 10 mil habitantes de Tierraviva, superará cuatro veces el área de dicha Reserva.
b- Mientras la densidad poblacional media por milla cuadrada, en las ciudades de Europa alcanza los 55 mil habitantes y en las de EE.UU. 15 mil habitantes, la de Tierraviva con 10 mil residentes ocupando 12,5 hectáreas, será de 204 mil habitantes por milla cuadrada, valor que supera más de cuatro veces la densidad poblacional de Manizales.
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ANEXOS:
A – Áreas Protegidas
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Áreas protegidas declaradas y áreas de interés ambiental de Manizales
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Imagen: Estructura Ecológica Principal de Manizales, tomada del POT
Aunque el POT reconoce que ha faltado la necesaria protección en las fuentes de agua, solo señala como prioridad la zona de Gallinazo pero compromete con el uso conflictivo del suelo el ordenamiento que por su categoría amerita la Reserva de Rio Blanco. Véase la taxonomía de dichas áreas:
- Áreas protegidas declaradas:
Distrito de conservación de suelos Guacas – Rosario
Reserva Forestal Plan Alto
Reserva F. Protectora Bosques de la CHEC
Reserva Forestal Río Blanco – Quebrada Olivares
Reserva Forestal Sabinas
Reserva Forestal Torre 4
- Áreas de interés ambiental:
Cerro Sancancio
Ecoparque Los Alcázares
Ecoparque Los Yarumos
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Véase Imagen Estructura Ecológica Principal de Manizales, tomada del POT.
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Listado de Áreas Protegidas de la Cuenca del Río Chinchiná y Objetivo de la Protección según el PMA (Tomado de 1)
Imagen 2. Áreas Protegidas Cuenca Chinchiná y ZFA (Tomado de 2), y Áreas Naturales Protegidas (Tomado de 1).
PNN Los Nevados:
Mantener una muestra representativa de los biomas de páramos y bosques altoandinos del sistema centro andino colombiano, para conservar la diversidad ecológica, recursos genéticos y los valores culturales asociados. Contribuir a la preservación de las unidades de origen glacial y volcánico. Conservar poblaciones de fauna y flora endémicas y amenazadas de extinción. Proteger las cuencas altas en jurisdicción del Parque, que genera aportes importantes para la regulación y aprovisionamiento hídrico de la región.
RF Río Blanco:
Biológicos: •Contribuir a la conservación de las especies definidas como objeto de conservación. •Conservar, proteger, recuperar, y enriquecer las comunidades propias de la zona de vida bosque montano bajo, bosque muy húmedo montano bajo, bosque montano y páramo.
Bienes y servicios ambientales: •Proteger la totalidad de los drenajes y sus nacimientos como estrategia para el mejoramiento de la calidad y cantidad del recurso hídrico y su regulación. •Restaurar y conservar la totalidad de los humedales como estrategia de protección de las zonas de recarga de ríos y quebradas. •Fortalecer y establecer la conectividad con bosques por fuera de la Reserva.
Culturales e históricos: •Realizar actividades que propendan por la preservación arquitectónica e histórica de las casas de la Arenosa y de Fundegar.
RF La María:
Conservación y regulación del régimen hídrico, de la microcuenca Chupaderos como principal fuente abastecedora de agua del acueducto que surte el casco urbano del municipio de Villamaría Caldas.
RF Bosques de la CHEC:
Regulación y producción del recurso hídrico para abastecimiento público, con una riqueza biótica fundamental y atractivos ecoturísticos importantes que permiten el desarrollo de actividades científicas, educativas y ecoturísticas.
RF Sabinas:
Contribuir a la estabilidad del recurso suelo a través de un manejo adecuado del mismo. Mitigar y prevenir los impactos generados en la zona por la realización de actividades productivas de manera insostenible. Contribuir a la conservación de los recursos naturales existentes en la región, actuando como conector entre áreas protegidas cercanas tales como la Reserva Forestal Protectora de la CHEC, la Reserva Forestal Protectora Torre 4, la Reserva Forestal Protectora de carácter nacional Río Blanco y el Parque Nacional Natural los Nevados.
RF Torre 4:
Proteger el patrimonio natural y cultural de la Reserva Forestal; Propiciar espacios de investigación que permitan establecer la oferta que en biodiversidad presenta la reserva como elemento fundamental en la implementación de la estrategia de gestión regional desde el orden local.
Reserva Forestal Plan Alto:
No tiene plan de manejo ambiental PMA.
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B- La Reserva:
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Imagen 3- Mapa de Zonificación Ambiental de la Reserva Forestal Protectora de Río Blanco (Tomado de 1)
Carácter de la Reserva (Tomado de 1)
Zona de Preservación Estricta (Pes). Zona destinada al mantenimiento permanente de la vegetación nativa de la Reserva Forestal Protectora de Río Blanco y La Quebrada Olivares. Está zona comprende espacios con vegetación natural en diferentes grados de sucesión natural e intervención antrópica que deben ser objeto de medidas de protección especial, dada su importancia para la conservación de la biodiversidad, la posibilidad de implementar programas de conectividad biológica con áreas boscosas aledañas a la misma, regulación del recurso hídrico y conservación de la integralidad de los servicios ambientales que se derivan de la reserva.
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Zonas con Función Amortiguadora ZFA
Imagen 4. Áreas Protegidas y Anillos de contención – ZFA (Tomado de 2)
La función amortiguadora de las ZFA (Tomado de 2)
De acuerdo a la Guía Técnica MADS, 2014: “En las áreas y/o polígonos de zonificación que se encuentran colindando o aledaños a las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, se deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos:
– Atenuar y prevenir las perturbaciones sobre el área protegida, y contribuir a subsanar alteraciones que se presenten por efecto de las presiones en dicha área.
– Armonizar la ocupación y transformación del territorio con los objetivos de conservación del área protegida.
– Aportar a la conservación de elementos naturales y culturales relacionados con dicha área”.
Por su parte el Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 establece en el artículo 2.2.2.1.3.10 que: “El ordenamiento territorial de la superficie de territorio circunvecina y colindante a las áreas protegidas deberá cumplir una función amortiguadora que permita mitigar los impactos negativos que las acciones humanas puedan causar sobre dichas áreas.
El ordenamiento territorial que se adopte por los municipios para estas zonas deberá orientarse a atenuar y prevenir las perturbaciones sobre las áreas protegidas, contribuir a subsanar alteraciones que se presenten por efecto de las presiones en dichas áreas, armonizar la ocupación y transformación del territorio con los objetivos de conservación de las áreas protegidas y aportar a la conservación de los elementos biofísicos, los elementos y valores culturales, los servicios ambientales y los procesos ecológicos relacionados con las áreas protegidas.
Las Corporaciones Autónomas Regionales deberán tener en cuenta la función amortiguadora como parte de los criterios para la definición de las determinantes ambientales de que trata la Ley 388 de 1997”.
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Lineamientos para las ZFA (Tomado de 2)
Para dar cumplimiento a la función amortiguadora de las áreas protegidas; al interior de los anillos de contención se deberán aplicar los siguientes lineamientos:
– Incorporar al igual que para el resto de la cuenca donde aplique las zonas y subzonas de uso y manejo de la categoría de “conservación y protección” de la zonificación ambiental.
– En las áreas del anillo de contención que no correspondan a la categoría de conservación y protección” sino que obedezcan a la categoría de “uso múltiple” se deberán aplicar los respectivos usos principales con las condicionantes definidas en la tabla 8.
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Tabla 7. Definición de anillos de contención (Tomado de 2)
CATEGORÍA DEL ÁREA PROTEGIDA | EXTENSIÓN DEL ANILLO DE CONTENCIÓN A PARTIR DEL LÍMITE DEL ÁREA PROTEGIDA |
Áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales | 1000 metros |
Reservas Forestales Protectoras y Parques Naturales Regionales | 700 metros |
Otras categorías: Distrito de Manejo Integrado, Distrito de Conservación de Suelos, Áreas de Recreación | 500 metros |
Fuente Cuadro 7: Fundación Grupo HTM, 2015
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Tabla 8. Tratamientos para las Zonas con Función Amortiguadora en categoría de Uso Múltiple (Tomado de 2)
PROPÓSITOS DEL MANEJO | CATEGORÍA | USOS PRINCIPALES DEL SUELO |
PROTECCION AMBIENTAL | Conservación en áreas de RF Ley 2 de 1959 | Protección, conservación y mejoramiento de la cobertura vegetal con el fin de permitir la conservación de la biodiversidad, la regulación hídrica, la conservación de suelos, entre otras, que sean compatibles con la Resolución 1922 de 2013. Realización de estudios para determinar la condición de la amenaza y las formas de mitigación. |
CONSERVACION ACTIVA (RECUPERACIÓN Y RESTAURACIÓN) | A. Conservación en predios públicos
B. Consolidación de la conectividad ecológica regional
| Enriquecimiento y mejoramiento del área con especies de flora propias de estos ecosistemas, aislamiento de áreas para favorecer sucesiones vegetales, enriquecimientos con plantaciones de especies nativas, rehabilitación y protección de suelos, reintroducción de especies objeto de conservación |
PRODUCTIVIDAD SOSTENIBLE | A. Desarrollo en ganadería
Sostenible
B. Desarrollo productivo sostenible
| Actividades económicas desarrolladas bajo tecnologías de producción sostenibles, ejerciendo baja presión sobre los recursos naturales, que incluyan: sistemas agrosilvoforestales, cultivos multiestrato, turismo de naturaleza |
C. Polo de desarrollo productivo sostenible | Producción agrícola y ganadera controlada; actividades de recreación y ecoturismo, incluyendo la construcción, adecuación o mantenimiento de la infraestructura necesaria para su desarrollo, que no altere los atributos de la biodiversidad previstos para cada categoría. | |
EQUILIBRIO URBANO | Control de la expansión urbana | Servicios, industria, institucional. |
Fuente Cuadro 8: Fundación Grupo HTM, 2014.
(1) Fuente: Imagen, Cuadros y textos tomados de RFP de Río Blanco. Plan de Manejo. Corpocaldas (2010)
(2) Fuente: Imagen, Cuadros y Textos tomados de POMCA del Río Chinchiná: Fase de Zonificación Ambiental.
(3) Ver: Compilación de documentos U.N. de Col. – SMP de Manizales, con la coautoría de GDE, en: Ecorregión Cafetera: agua y clima.
(4) Ver: Ponencia presentada sobre La Aurora en el Recinto del H. Concejo de Manizales (2017), Por La Aurora, invocando el principio precautorio.
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C-HUELLA ECOLÓGICA AL 2005
A nivel global aunque se estima en 1,8 ha por habitante la capacidad biológica del planeta, en 2005 el percápita de la huella ecológica alcanza entre 2 ha y 2,7 ha. Del mapa se colige, que la magnitud de la huella depende de dos factores: nivel de vida y modelo de desarrollo. La Huella Ecológica percápita en Colombia, podría estar hoy entre 2,2 y 2,3 ha. Imagen, en : http://www.avina.net/avina/micromundos/cambio-climatico/
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D- Especies de la Reserva Forestal Protectora de Río Blanco
1- Mamíferos y Aves Objeto de conservación biológica
Reserva Forestal Protectora de Río Blanco y Quebrada Olivares, 2005*:
Aves:
Grallaria milleri -Tororoi de Miller
Grallaria hallen -Tororoi Bigotudo
Leptopsittaca branickii -Perico Paramuno
Bolborhynchus ferrugineifrons -Periquito Frentirrufo
Hapalopsittaca amazonina velzii -Cotorra Montañera
Andigena hypoglauca -Terlaque Andino
Iridosornis Rufivertex -Musguerito Paramuno
Saltador cinctus -Saltador Chusquero
Grallaria rufocinerea -Tororoi Rufocenizo
Odontophorus hyperythrus -Perdiz Colorada
Andigena nigrirostris -Terlaque Pechiazul
Grallaricula cucullata -Tororoi Cabecirrufo
Mamíferos:
Dinomys branickii -Guagua loba
Mazama rufina -Zoche Rojo
Aotus lemurinus -Mono nocturno o marteja
Caluromys derbianus
(Felis) Leopardus pardales -Ocelote
(Felis) Leopardus tigrinus -Tigrillo
Agouti taczanowskii
NOTA:
No se incluyen batracios, reptiles, peces e insectos.
[*]Construcción participativa del plan de manejo, 2005.
Fuente: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL RESERVA F.P. DE RIO BLANCO
Reserva Forestal Protectora de Río Blanco y Quebrada Olivares, 2005*:
Aves:
Grallaria milleri -Tororoi de Miller
Grallaria hallen -Tororoi Bigotudo
Leptopsittaca branickii -Perico Paramuno
Bolborhynchus ferrugineifrons -Periquito Frentirrufo
Hapalopsittaca amazonina velzii -Cotorra Montañera
Andigena hypoglauca -Terlaque Andino
Iridosornis Rufivertex -Musguerito Paramuno
Saltador cinctus -Saltador Chusquero
Grallaria rufocinerea -Tororoi Rufocenizo
Odontophorus hyperythrus -Perdiz Colorada
Andigena nigrirostris -Terlaque Pechiazul
Grallaricula cucullata -Tororoi Cabecirrufo
Mamíferos:
Dinomys branickii -Guagua loba
Mazama rufina -Zoche Rojo
Aotus lemurinus -Mono nocturno o marteja
Caluromys derbianus
(Felis) Leopardus pardales -Ocelote
(Felis) Leopardus tigrinus -Tigrillo
Agouti taczanowskii
NOTA:
No se incluyen batracios, reptiles, peces e insectos.
[*]Construcción participativa del plan de manejo, 2005.
Fuente: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL RESERVA F.P. DE RIO BLANCO
Cuadro: Reserva Río Blanco: Especies, Aves y Mamíferos extintos, en peligro de extinción o amenazados. FUENTE: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL RESERVA F.P. DE RIO BLANCO
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E- ENLACES:
Recomendados:
Agua como bien público. | La encrucijada ambiental de Manizales. |
…
Relacionados:
Caldas en la biorregión cafetera. | Paramos vitales para la Ecorregión Cafetera. |